Calcula las cuotas obrero patronales del Seguro Social e Infonavit
Herramienta gratuita actualizada con las tarifas vigentes 2025, UMA y porcentajes oficiales de la Ley del Seguro Social. Calcula rápidamente las aportaciones del trabajador, patrón e Infonavit.
El tope máximo de cotización al IMSS es de 25 UMA ($81,427.50 mensuales). Si tu salario excede este monto, solo cotizarás sobre ese límite.
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Enfermedad y Maternidad: Cuotas obrero-patronales para prestaciones en especie y dinero. Trabajador: 1.10% sobre excedente de 3 UMA. Patrón: 20.40% + 0.70% + 1.05%.
Invalidez y Vida: Trabajador aporta 0.625% y patrón 1.75% sobre el SBC. Estas aportaciones cubren pensiones por invalidez y seguros de vida.
Riesgos de Trabajo: Prima variable según la actividad económica (Clase I a V). Va desde 0.5% hasta 15% dependiendo del nivel de riesgo.
Cesantía y Vejez: Trabajador: 1.125%, Patrón: 3.150%. Total 4.275% del SBC para el fondo de retiro del trabajador.
Guarderías y Prestaciones Sociales: El patrón aporta 1% del SBC para el sostenimiento de guarderías y prestaciones sociales del IMSS.
Infonavit: Aportación patronal del 5% sobre el SBC. Se destina al Fondo Nacional de la Vivienda para otorgar créditos hipotecarios.
Unidad de Medida: $108.57 diarios ($3,257.10 mensual). Tope máximo de cotización: 25 UMA = $81,427.50 mensuales. Actualizado anualmente por INEGI.
Salario Base de Cotización: Integra salario diario + prestaciones (aguinaldo, prima vacacional, etc.). Base para calcular todas las cuotas obrero-patronales.
Disclaimer: Esta calculadora es una herramienta informativa basada en la Ley del Seguro Social vigente en México. Los resultados son estimados y pueden variar según circunstancias particulares. Para cálculos oficiales y asesoría personalizada, consulte a un contador público certificado o especialista en nómina. Tecnosatelites no se hace responsable por decisiones tomadas con base en estos cálculos.
En este caso, el salario NO excede el tope de 25 UMA, por lo que se cotiza sobre los $30,000 completos. El tope aplicaría si el SBC fuera mayor a $81,427.50 mensuales.
Cuando el SBC es inferior a 3 UMA, NO se paga cuota de Enfermedad y Maternidad por parte del trabajador, ya que solo aplica sobre el excedente de 3 UMA.
El Salario Base de Cotización (SBC) es el salario sobre el cual se calculan las cuotas obrero-patronales del IMSS. No es solo el salario base, sino que integra:
Fórmula: SBC = Salario Diario × (1 + Factor de Integración)
El factor considera prestaciones anuales divididas entre 365 días.
SBC (Salario Base de Cotización): Es el salario que se reporta al IMSS para calcular cuotas. Incluye prestaciones.
SDI (Salario Diario Integrado): Similar al SBC pero se usa principalmente para cálculos de indemnizaciones, finiquitos y prestaciones laborales según la LFT.
En la práctica, para efectos del IMSS se usa más el término SBC, mientras que SDI es más común en temas laborales (LFT).
Es el límite máximo sobre el cual se pueden cotizar al IMSS. Aunque un trabajador gane más, solo se cotiza hasta 25 veces el valor de la UMA diaria.
Cálculo 2025:
Si un trabajador gana $100,000 mensuales, solo cotizará sobre $81,427.50 al IMSS.
La prima de riesgo depende de la actividad económica de la empresa y su siniestralidad. Se clasifica en 5 categorías:
El IMSS revisa anualmente la prima según los accidentes y enfermedades laborales de cada empresa.
SÍ, es legal y obligatorio. El patrón debe:
En el recibo de nómina debe aparecer claramente el desglose de las cuotas IMSS descontadas.
Importante: El patrón NO puede descontar al trabajador las cuotas patronales, solo las del trabajador.
No pagar cuotas al IMSS es una infracción grave con consecuencias:
Delito fiscal: Si se omite el pago de manera intencional y reiterada, puede derivar en responsabilidad penal.
SÍ, son obligatorias para todos los patrones con trabajadores dados de alta en el IMSS.
El patrón debe aportar el 5% del SBC mensualmente al Fondo Nacional de la Vivienda. Estas aportaciones:
El trabajador NO paga Infonavit, solo el patrón.
Los porcentajes de cotización están establecidos en la Ley del Seguro Social y rara vez cambian. Sin embargo:
Es importante verificar anualmente los valores vigentes de UMA y tu prima de riesgo.
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