Qu es RESICO, quienes estn obligados y cules son las consideraciones para timbrar con la retencin del 1.25%?.
Qu es RESICO, quienes estn obligados y cules son las consideraciones para timbrar con la retencin del 1.25%?.
Qu es RESICO?
Es el rgimen fiscal delSAT(El Rgimen Simplificado de Confianza - 626) que entr en vigenciael01 Enero 2022y ofrece muchas facilidades para los nuevos y actuales emprendedores, principalmente los que estn registrados como personas fsicas.
Qu son AGAPES?
Son las actividades econmicas del sector primario, tales como Agrcolas, Ganaderas, Silvcolas y Pesqueras
Quines estn obligados y en qu ley y artículo se encuentran?
Como lo marca la Ley del Impuesto Sobre la Renta en suartículo 113 Jlas Personas Fsicas deRESICOque emitan CFDI Ingresos debern considerar una retencin realizada por las Personas Morales, del1.25%. Para los RESICOS a que se refiere la regla3.13.29no aplica esta validacin.
3.13 29.- Para los efectos del artículo 113 J de la Ley del ISR, cuando las Personas Fsicas que se dediquen exclusivamente a las actividades AGAPES realicen operaciones derivadas de estas actividades con Personas Morales, estas ltimas quedarn relevadas de efectuar la retencin del 1.25 por los pagos realizados a las citadas Personas Fsicas.
Para los efectos delartículo 113-Jde la Ley del ISR, cuando las personas fsicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas o pesqueras, realicen operaciones derivadas de estas actividades con personas morales, estas ltimas quedarn relevadas de efectuar la retencin del 1.25% por los pagos realizados a las citadas personas fsicas. Lo anterior, siempre que dichos ingresos se encuentren exentos en trminos de lo dispuesto por el artículo 113-E, noveno prrafo de la citada Ley y en el CFDI que ampare la operacin, las personas fsicas sealen en el atributo Descripcin, lo siguiente: Los ingresos que ampara este comprobante se encuentran en el supuesto de exencin a que se refiere el artículo 113-E, noveno prrafo de la Ley del ISR. LISR 113-E, 113-J
Artculo 113 E.Las Personas Fsicas que realicen nicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, podrn optar por pagar el ISR en los trminos establecidos en esta Seccin (RESICOS), siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades sealadas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de 3,500,000.
Para Mayor informacin:
http://omawww.sat.gob.mx/normatividad_RMF_RGCE/Paginas/documentos/rmf/rmf/RMF_2023-27122022.pdf
Escenarios frecuentes
| Persona | Rgimen | Actividad | Ingresos | Retencin | L_RFC |
| Persona Fsica | 626 | AGAPE | Menos de $900,000.00 | No | No es posible saberlo |
| Entre $ 900,000.00 y $3.5M | Si | ||||
| Ms de 1000M | No | ||||
| Accionista o socio | --- | No |
Recomendacin
Los sistemas de CONTPAQiestn apegados en las reglas proporcionadas por la autoridad, adems con base a lo anterior y que existen una serie de criterios que se deben cumplir para poder ser susceptible al timbrado o no de la retencin, se recomienda levantar un caso ante el SAT indicando las condiciones que tiene actualmente el cliente.
Dnde hago la aclaracin de mi caso ante el SAT?
Ingresar a la siguiente pgina y seguir los pasos indicados sobre la misma.
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente
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