Se tienen incidencias de das y horas en empleados para el periodo actual pero que estn asignadas a das del periodo anterior o de ejercicios anteriores, es decir, si el periodo es semanal y comprende del 27 de agosto al 2 de septiembre, este problema puede presentarse al tener por ejemplo una incidencia de permiso con goce de sueldo para el periodo 35 pero con da 26 de agosto