El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado a través de comunicaciones directas con sus funcionarios, que el inicio del nuevo esquema de cancelación de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) se prorroga del 1 de septiembre al 1 de noviembre de 2018.
Con esta facilidad los contribuyentes y desarrolladores de sistemas cuentan con dos meses más para concluir las adecuaciones a sus sistemas de cómputo administrativos de forma que esta tarea pueda automatizarse, y se busque disminuir en la medida de lo posible la carga administrativa que este nuevo esquema implica.
El Servicio de Administración Tributaria informa que, derivado del interés de los contribuyentes y de sus proveedores de aplicaciones informáticas por cumplir con sus obligaciones fiscales, se amplía al 1 de septiembre el plazo para el inicio de operación del servicio de aceptación o rechazo de la cancelación de facturas.
Lo anterior, considerando el avance de los contribuyentes en el desarrollo de las aplicaciones que harán uso de este nuevo servicio y el de los trabajos que actualmente están desarrollando para cumplir con la emisión del recibo electrónico de pago.
El servicio de aceptación o rechazo de cancelación de facturas protege a los receptores contra la cancelación indebida y unilateral de facturas que amparan operaciones que realmente se han realizado e incluso que se han pagado. De esta manera, se aporta seguridad jurídica a las transacciones entre los contribuyentes y se protege el legítimo derecho a deducir o acreditar conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
La regla que dará sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación.
Durante 2017 el SAT envió requerimientos a los muchos contribuyentes que tenían diferencias entre el ISR de las nóminas timbradas VS pagos provisionales y contabilidad electrónica. Detectamos 10 principales razones por las que existieron estas diferencias que implican revisar y corregir algunos procesos y configuraciones de mis nóminas. En2017 publicó el SAT en la guía de llenado de CFDI de nóminas, la obligación de reportar los reembolsos de viáticos dentro de CFDI de nóminas para todos los contribuyentes, aprende en casos de debe de reportar y como configurarlo dentro de CONTPAQi nóminas..
A partir del 1 de julio de 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. Sin embargo, este miércoles 22 de noviembre el SAT anunció una facilidad para la implementación de la nueva factura electrónica y el Recibo Electrónico de Pago.
Los contribuyentes, si así lo deciden, tendrán hasta el 31 de diciembre de 2017 para seguir emitiendo sus comprobantes con la versión 3.2; sin embargo es importante mencionar que ante la información emitida el día de hoy por el SAT, nuestros sistemas ya están preparados para cumplir con la nueva factura electrónica versión 3.3, la cual será la única versión válida a partir del 1 de enero de 2018.
Como resultado de un constante diálogo e interacción con los contribuyentes, el SAT emite facilidades encaminadas a consolidar la adopción generalizada de la nueva versión de la factura electrónica.
Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva factura hasta el 31 de diciembre de 2017
La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo de 2018
El Servicio de Administración Tributaria ha impulsado el rediseño de procesos para propiciar una interacción más oportuna, automatizada y transparente de los contribuyentes con la autoridad tributaria.
Las adecuaciones a la factura electrónica permitirán eliminar en los próximos años declaraciones informativas, ofrecer declaraciones mensuales pre llenadas de IVA, ISR y IEPS, así como reducir los requerimientos en materia de contabilidad electrónica.
En ese horizonte de gran alcance, el SAT reitera su convicción de que uno de los aspectos de mayor relevancia de los últimos años es el proceso de modernización de la factura electrónica y reconoce el esfuerzo de todos los sectores para sumarse a éste.
Estas mejoras a la factura, que iniciaron en 2016, se consolidan a partir del trabajo conjunto con asociaciones y agrupaciones empresariales, contadores públicos, desarrolladores de sistemas, proveedores autorizados de certificación y contribuyentes de todos los sectores de la economía.
Como resultado de esta cercanía y diálogo con el sector privado, y atendiendo a los avances en las acciones realizadas por los contribuyentes en los últimos meses para una adopción integral de las mejoras, el Servicio de Administración Tributaria informa:
1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.
3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.
4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.
5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.
Estas facilidades, favorecen la conclusión de la implementación generalizada de la nueva factura por parte de los contribuyentes, mediante esquemas de convivencia de versiones que permiten una migración gradual, de forma que las empresas puedan alinear sus procesos operativos con los de facturación de manera más natural y sistemática.
Es así que, como resultado de la suma de esfuerzos, los contribuyentes y el SAT impulsan la modernización tributaria en México, consolidándolo como referente internacional en materia de factura electrónica.